En la última modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos de Junio de 2013, entre otras medidas, se establece la creación de un registro público de inquilinos morosos.

Teóricamente, este registro utilizaría los datos facilitados por los juzgados, quienes comunicarían aquellas sentencias firmes en las que se declare a un inquilino moroso, bien sea por daños o impagos.

Registro Público de Inquilinos Morosos

Sin embargo, esta medida o bien no se ha llevado a cabo aún o si se ha llevado a cabo, no han dado la comunicación suficiente. El hecho cierto es que, en un mercado que se prentende dinamizar y que se encuentra en auge, esta es una medida fundamental para ofrecer una herramienta fiable a aquellos propietarios o profesionales que deseen saber si su posible inquilino ha causado impagos o daños.

Actualmente existen algunos registros de inquilinos morosos de iniciativa privada, pero hay que recordar que los juzgados no comunican e inscriben de oficio sus sentencias en esos registros, por lo que su consulta no supone una garantía suficiente. Es decir, que si el propietario del inmueble no decide inscribir y hacer llegar la sentencia de su inquilino a estos registros, sencillamente, dicho moroso quedará sin registrar.

Por tanto, parece increíble que con los medios actuales aún no exista un registro público de inquilinos morosos que unifique el contenido de otros registros, que se actualice con el 100% de las sentencias firmes emitidas y cuya consulta pueda ser un indicador fiable a la hora de seleccionar otro arrendatario.

No hay que olvidar que el primer paso para sacar las centenares de miles de viviendas vacías existentes en el mercado, es ofrecer seguridad e instrumentos suficientes a los propietarios que deseen alquilar con garantías sus inmuebles.

Si a esto le unimos una ley con muy buenas intenciones, como es el «desahucio express», pero que no dispone de los medios para hacerlas efectivas, el resultado es que la ley avanza en la dirección adecuada pero fallan en lo básico: Hay que dotar a los juzgados de personal suficiente para hacer efectiva la ley y centralizar de forma sistemática el registro de inquilinos morosos para evitar que los profesionales del impago (Todos ellos inqulinos insolventes) sigan haciendo de las suyas.

Por ello, a día de hoy no queda más remedio que recurrir a un seguro de impago de alquiler o, como mínimo, un estudio de solvencia. Ayudará al propietario a dormir con la tranquilidad de que está protegido.

 

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