Habitualmente, la mayor duda de los propietarios de inmuebles es si podrán alquilar con garantías suficientes para no tener disgustos en el futuro. Sin embargo, en muchas ocasiones utilizan métodos anticuados y que le impedirán lograr su objetivo. Veamos porqué.

Graves errores a la hora de alquilar un piso

El alquiler «tradicional» de un piso

Algunos propietarios continúan alquilando poniendo su cartel en la ventana, esperando una llamada y, si el visitante le da una buena sensación, termina alquilándoselo.  Esta forma de alquilar tiene más de un 13% de posibilidades de sufrir un impago o daños sobre su vivienda, o al menos eso es lo que figura en las estadísticas oficiales.

Hablamos de estadísticas oficiales porque existen multitud de propietarios que prefieren asumir algunas pérdidas y acordar con el inquilino que se marche antes que tener que recurrir a los juzgados y contratar abogados, procuradores, pagar las tasas…..

¿Qué significa esto? Que las estadísticas oficiales se quedan cortas, por lo que es muy probable que ese porcentaje esté en torno al 15% – 20% de impagos y daños. Eso sí, alquilar un piso de este modo es el método más rápido.

Por tanto, quienes continúan alquilando de este modo tienen muchas papeletas para tener un problema.

Recurriendo a servicios «semi» profesionales

Es muy común encontrarse con propietarios que acaban confiando el alquiler de su vivienda a su abogado o su asesor. Sin duda, este tipo de profesional tiene mayores conocimientos que cualquier particular en materia legal, sin embargo, ninguno está especializado en alquiler y, desde la actualización de la Ley en Junio de 2013, un inmenso porcentaje de estos profesionales no han actualizado sus conocimientos, simplemente porque no alquilan a diario, sino esporádicamente.

Es por esto que, si este tipo de profesional de otros sectores no ejerce en el mercado de alquiler de manera regular, es imposible que conozca la ley en detalle y las mejores prácticas a la hora de formalizar un alquiler.

Otro problema añadido es la valoración del inmueble ¿Cómo podrán asesorar a sus clientes en un mercado con infinidad de anuncios y altas tasas de negociación? La respuesta es que tienen una elevada tasa de error, entendiendo esto como la posibilidad de tasar el inmueble muy al alza y que no se alquile o tasarlo excesivamente bajo para conseguir alquilarlo.

En este grupo podemos englobar a agentes inmobiliarios ya jubilados, que piensan que esto de alquilar es como «montar en bici» y nunca cambia ni se olvida, y suele aceptar llevar los inmuebles de sus antiguos clientes para sacarse un sobresueldo. Como ya hemos visto anteriormente, esto ya no es así.

Falsos profesionales del alquiler

Recurriendo a servicios «teóricamente» profesionales

En el caso anterior, hemos detallado los inconvenientes de recurrir a profesionales externos al mercado inmobiliario, sin embargo, es aún peor cuando recurrimos a ciertas inmobiliarias y su sistema de alquiler no deja de ser alguna variante del alquiler «tradicional» visto anteriormente: Pondrán multitud de anuncios y alquilarán sin ningún tipo de precaución.

Existen casos mejores, donde el profesional se molesta en solicitar documentación relativa a ingresos y, al menos, intenta verificar si el posible inquilino tiene ingresos suficientes. Sin embargo, un inmenso porcentaje de estos profesionales no verifican la existencia de deudas en los ficheros de morosos, ni la posible existencia de embargos sobre la nómina o cruzar datos con hacienda para corroborar que la documentación presentada no es falsa. ¿Porqué no lo hacen? Sencillamente, debido a que no tienen los medios o no están dispuestos a asumir los costes.

Si a lo expuesto anteriormente le añadimos que, muy probablemente, estos «teóricos» profesionales le cobrarán lo mismo que un servicio realmente profesional de alquiler, consideramos que la elección no es dudosa.

Recurriendo a servicios profesionales en «confundir» a los propietarios

Sin duda, este es el peor caso de todos, son aquellos profesionales que sí conocen los aspectos de la ley, que también hacen correctamente los estudios de solvencia pero que sugieren garantías que luego no existen.

¿Porqué los propietarios «caen» en la trampa? Básicamente porque su nombre comercial evoca unas cualidades que luego el producto o servicio no cumple, pongamos el ejemplo ficticio de «Alquiler con garantía de impago S.L.». Normalmente el propietario suele pensar que si la empresa se llama así es porque, en caso de que el inquilino no pague, pagará la empresa….. Grave error, el nombre comercial no tiene porqué corresponder con las características del servicio. Es fundamental leer detenidamente las especificaciones del servicio que nos ofrecen.

También este tipo de profesional utiliza la asimetría de información en su beneficio ¿Qué significa esto? Que ellos conocen la ley y los términos jurídicos y usted no, por lo que utilizando un tecnicismo aquí y omitiendo alguna información por allá, conseguirán que el propietario salga convencido de que tiene una seguridad que, en realidad, no tiene.

Por último, están quienes faltan a la verdad, con ejemplos sonrojantes del tipo «Reducimos al 0% los daños en su vivienda». Por definición, el 0% es imposible en el alquiler de inmuebles, ya que entre cientos de alquileres en alguno habrá algún desperfecto. Hablar de porcentajes muy bajos, es posible. Los resultados nulos son del todo imposibles.

Nuestro consejo, lea con detenemiento las características del servicio que le ofrecen y pregunte «como»  y «quien», es decir, comó funcionan las garantías y quien es el que las avala en caso de producirse. Y por supuesto, cualquier información debe estar por escrito y expresada con un lenguaje claro y sencillo.

 

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